Resumen: Denegación de diligencias de prueba, art. 850.1 LECrim. Negativa a que el testigo conteste determinadas preguntas, art. 850.3 LECrim. Vulneración de la Directiva 2012/13 UE del Parlamento europeo y del Consejo sobre el derecho a la información en los procesos penales. Agentes encubiertos. Delito provocado: relación con presunción de inocencia y tentativa inidónea del delito contra la salud pública. Doctrina de la Sala. Grupo criminal. Requisitos. Distinción de la mera codelincuencia. Prueba indiciaria. Valoración conjunta -y no fragmentaria o aislada- de los indicios. Posibilidad de la complicidad. Supuestos excepcionales. Motivación de la pena. Registro domiciliario y presencia letrado. No es necesaria. Intervenciones telefónicas. No se precisa conocer la previa identidad de los usuarios de la línea intervenida. Derecho a la doble instancia. Dictámenes de la ONU sobre el recurso de casación español. Atenuante dilaciones indebidas. Doctrina de la Sala Desistimiento en la tentativa. No se aprecia. Incidencia de la drogadicción. Significación causal con el delito cometido. Delincuencia funcional.
Resumen: La sentencia desestima el recurso de apelación y confirma la de instancia, tanto por compartir que no concurre la prescripción alegada (el contrato de tarjeta sigue produciendo efectos) , como por al compartir el criterio de que se trata de unos intereses usurarios teniendo en cuenta los parámetros de la Jurisprudencia del TS para este supuesto.
Resumen: Reitera el trabajador-recurrente la extinción indemnizada de su contrato por razón de una supuesta situación de acoso, que la doctrina judicial ha venido definiendo bajo unas cualificadoras circunstancias no asimilables con la presencia de cualquier conflicto laboral ajeno a un reiterado hostigamiento dirigido a atentar contra la dignidad de la persona trabajadora. Supuesto de análisis que no se adecua al litigioso en el que no se constata la existencia de una actitud hostil de la empresa o de los trabajadores codemandados hacia el actor (que fue objeto de sanción por falta muy grave judicialmente impugnada por lo que no se genera una situación de res iudicata). Tampoco puede objetivarse una injustificada situación de mobbig por el simple concurso de una situación de patología potencialmente reactiva a estrés laboral y determinante de una IT, calificada de contingencia común; constando únicamente acreditado (se reitera) la existencia de conflicto entre el trabajadora y la empresa, en el marco de la grave crisis COVID.